Fecha de Publicación: 25/09/2014
Página: 9
Carilla: 9

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 33

 (Importador y exportador).-
1. Importador es la persona que, en su nombre, importa mercaderías, ya sea
que las traiga consigo o que un tercero las traiga para él.
2. Exportador es la persona que, en su nombre, exporta mercaderías, ya sea
que las lleve consigo o que un tercero las lleve por él.
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