PODER EJECUTIVO MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
(Independencia de la acción penal).- La acción penal relativa a los
delitos aduaneros, tanto en su promoción como en su ejercicio, es
independiente de la acción fiscal. El conocimiento por el mismo juez en
las acciones penal y fiscal, no produce causa de impedimento, recusación o
excusación.
CAPÍTULO VI
JUNTA DE CLASIFICACIÓN
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