Fecha de Publicación: 25/09/2014
Página: 9
Carilla: 9

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 156

 (Formalidades).- La solicitud de envío en consignación estará sometida a
las mismas formalidades exigidas para la declaración de exportación
definitiva, con excepción de los elementos relativos al precio y demás
condiciones de venta, siendo de aplicación, no obstante, la obligación de
declarar un valor estimado.
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