Fecha de Publicación: 25/09/2014
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Carilla: 9

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 141

 (Control).- Los envíos postales internacionales que entren o salgan del
territorio aduanero, cualquiera sea su destinatario o remitente, tengan o
no carácter comercial, estarán sujetos a control aduanero respetando los
derechos y garantías individuales relativos a la correspondencia.

                              CAPÍTULO VIII
                                 MUESTRAS
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