Fecha de Publicación: 25/09/2014
Página: 9
Carilla: 9

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 129

 (Aplicación).- Los requisitos, condiciones, formalidades y procedimientos
simplificados para la aplicación de los regímenes aduaneros especiales
previstos en este Título, se regirán por lo previsto en la legislación
aduanera.
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