Fecha de Publicación: 25/09/2014
Página: 4
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 3

 Son principios cardinales del sistema de descentralización local:
1)   La preservación de la unidad departamental territorial y política.
2)   La prestación eficiente de los servicios estatales tendientes a
     acercar la gestión del Estado a todos los habitantes.
3)   La gradualidad de la transferencia de atribuciones, poderes
     jurídicos y recursos hacia los Municipios en el marco del proceso de
     descentralización.
4)   La participación de la ciudadanía.
5)   La electividad y la representación proporcional integral.
6)   La cooperación entre los Municipios para la gestión de determinados
     servicios públicos o actividades municipales en condiciones más
     ventajosas.
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