Fecha de Publicación: 11/11/2013
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Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 66

 Facúltase a la unidad ejecutora 007 "Instituto Nacional de Estadística"
del Inciso 02 - "Presidencia de la República" a abonar complementos
salariales transitorios a aquellos funcionarios que sean encargados de las
funciones de Supervisor General y Supervisor, respectivamente, en las
distintas encuestas continuas que realiza el Instituto.
La reglamentación que dicte el Poder Ejecutivo fijará los montos y la
forma de liquidación.
La Contaduría General de la Nación transferirá los créditos necesarios
desde el objeto 092.000 "Partidas globales a distribuir".
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