Fecha de Publicación: 11/11/2013
Página: 4
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 4

 Incorpórase al literal A) del artículo 5° de la Ley N° 18.996, de 7 de
noviembre de 2012, a quienes se encuentren contratados a la fecha de
aprobación de la respectiva reestructura al amparo del artículo 446 de la
Ley N° 16.170, de 28 de diciembre de 1990, en la redacción dada por los
artículos 103 de la Ley N° 18.172, de 31 de agosto de 2007, y 364 de la
Ley N° 18.362, de 6 de octubre de 2008.
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