Fecha de Publicación: 11/11/2013
Página: 4
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 351

 Facúltase al Inciso 31 - "Universidad Tecnológica" a disponer del 100%
(cien por ciento) de los recursos de afectación especial que perciba
conforme con lo dispuesto por el inciso tercero del artículo 1° de la Ley
N° 19.043, de 28 de diciembre de 2012. Estos fondos podrán ser destinados
al pago de retribuciones personales, gastos de funcionamiento e
inversiones.
Ayuda