Fecha de Publicación: 11/11/2013
Página: 4
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 340

 Facúltase al Inciso 29 - "Administración de los Servicios de Salud del
Estado" a reasignar $ 50.000.000 (cincuenta millones de pesos uruguayos)
en los ejercicios 2013 y 2014, en la Financiación 1.1 "Rentas Generales",
desde gastos de funcionamiento al grupo 0 "Retribuciones Personales".
Las reasignaciones realizadas al amparo de la presente norma tendrán
carácter permanente. La presente norma regirá a partir de la promulgación
de la presente ley.

INCISO 31
UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA
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