Fecha de Publicación: 11/11/2013
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Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 307

 Increméntase en el Inciso 25 - "Administración Nacional de Educación
Pública" una partida de $ 950.000.000 (novecientos cincuenta millones de
pesos uruguayos) en el ejercicio 2014, a efectos de financiar el costo
adicional asociado al adelanto del incremento salarial que fuera acordado
para 2015 en el Consejo de Salarios referido en el artículo 674 de la Ley
N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010.
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