Fecha de Publicación: 11/11/2013
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Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 24

 Sustitúyese el inciso segundo del artículo 163 de la Ley N° 18.172, de 31
de agosto de 2007, por el siguiente:
     "La determinación de sus lineamientos estratégicos corresponderá al
     Consejo Directivo Honorario de la Agencia de Compras y Contrataciones
     Estatales, creada por el artículo 81 de la Ley N° 18.362, de 6 de
     octubre de 2008, en la redacción dada por el artículo 39 de la Ley N°
     18.996, de 7 de noviembre de 2012".

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