Fecha de Publicación: 11/11/2013
Página: 4
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 203

 Facúltase al Ministerio de Transporte y Obras Públicas a realizar el
aporte local correspondiente al Proyecto de Rehabilitación de Vías Férreas
II, a ser financiado por el Fondo para la Convergencia Estructural del
Mercosur. A esos efectos, se traspondrán los créditos necesarios para el
financiamiento del referido aporte al Inciso 24 "Diversos Créditos",
unidad ejecutora 010 "Ministerio de Transporte y Obras Públicas".
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