Fecha de Publicación: 11/11/2013
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 132

 Sustitúyese en el artículo 14 de la Ley Orgánica Policial (Texto Ordenado
por Decreto 75/972), el inciso correspondiente al Subprograma 2, por el
siguiente:
     "Subprograma 2: Con las siguientes dependencias:
          A)     Cuatro Jefaturas de Zonas Operacionales Territoriales.
          B)     Una Jefatura de Zona Operacional Especializada".
La modificación dispuesta en este articulo, se entenderá hecha a la o a
las normas legales fuente del Texto Ordenado aprobado por Decreto N°
75/972, de 1° de febrero de 1972.
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