Fecha de Publicación: 11/11/2013
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Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 118

 Autorízase a la Contaduría General de la Nación, a solicitud fundada del
Ministerio del Interior, a reasignar las partidas previstas en los
artículos 207 y 208 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010, a las
partidas establecidas en los artículos 261 y 262 de la misma ley, hasta
las sumas de $ 3.988.000 (tres millones novecientos ochenta y ocho mil
pesos uruguayos) y $ 3.657.000 (tres millones seiscientos cincuenta y
siete mil pesos uruguayos), respectivamente.
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