Fecha de Publicación: 28/10/2013
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Ley 19.142

Sustitúyese el art. 34 del Decreto-Ley 14.157, relativo a la delimitación
de la jurisdicción de la Armada Nacional.
(1.898*R)

                            PODER LEGISLATIVO

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del
Uruguay, reunidos en Asamblea General,

                                 DECRETAN

Artículo Unico

 Sustitúyese el artículo 34 del Decreto-Ley N° 14.157, de 21 de febrero de
1974, por el siguiente:

     "ARTÍCULO 34.- Constituyen jurisdicción de la Armada:
         A)     Las aguas e islas jurisdiccionales del Océano Atlántico,
                de la Laguna Merín y de los Ríos de la Plata y Uruguay.
         B)     Las zonas costeras del Océano Atlántico, de la Laguna
                Merín y de los Ríos de la Plata y Uruguay en una extensión
                de hasta 150 metros a partir de la línea de base o hasta
                rambla o costanera si existieran, y las vías interiores
                navegables en los tramos que dan acceso marítimo a las
                Prefecturas de Artigas, Dolores, Carmelo, Conchillas,
                Rosario, Santiago Vázquez, Chuy, San Miguel, San Luis, La
                Charqueada, Cebollatí y Río Branco, y solamente a los
                efectos de vigilancia y policía marítima.
         C)     El río Negro desde su desembocadura hasta la Represa
                Constitución (de Palmar).
         D)     El río San Salvador desde su desembocadura hasta el puente
                de la Ruta Nacional N° 21.
         E)     Los espacios ocupados por establecimientos de la Armada,
                con las correspondientes zonas de seguridad".

Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 8 de octubre
de 2013.
DANILO ASTORI, Presidente; HUGO RODRÍGUEZ FILIPPINI, Secretario.

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

                                         Montevideo, 14 de Octubre de 2013

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el
Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se sustituye el
artículo 34 del Decreto-Ley N° 14.157, de 21 de febrero de 1974, relativo
a la delimitación de la jurisdicción de la Armada Nacional.

JOSÉ MUJICA, Presidente de la República; ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO.
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