Fecha de Publicación: 07/01/2013
Página: 75
Carilla: 75

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Artículo 31

 La permanencia de los museos en el Sistema Nacional de Museos estará
sujeta a evaluaciones periódicas, cuyas características y alcances serán
establecidos en la reglamentación de la presente ley.

                                CAPÍTULO V
                DE LA DEBIDA PROTECCIÓN DE LAS COLECCIONES
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