Fecha de Publicación: 30/11/2012
Página: 12
Carilla: 12

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

Artículo 14

 (Fuentes de financiamiento del Servicio Postal Universal).- El costo
total de las obligaciones de prestación del Servicio Postal Universal se
financiará con:
A)     Los ingresos por ventas del operador designado debidos a la
prestación del Servicio Postal Universal.
B)     La Tasa de Financiamiento del Servicio Postal Universal.
C)     Las donaciones y legados realizados por cualquier persona física o
jurídica con destino al Servicio Postal Universal.
D)     El aporte del Estado dispuesto en las leyes de presupuesto o
rendiciones de cuentas con la finalidad de compensar la diferencia entre
el costo total de prestación del Servicio Postal Universal y los ingresos
mencionados en los literales A) a C) del presente artículo.
El producido de dichos conceptos constituirá el Fondo de Financiamiento
del Servicio Postal Universal que será gestionado y contabilizado en forma
separada por el operador designado. Los eventuales rendimientos derivados
de las operativas financieras realizadas con las disponibilidades de dicho
Fondo se integrarán al mismo.
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