Fecha de Publicación: 22/11/2012
Página: 4
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 56

 Asígnase al Inciso 03 "Ministerio de Defensa Nacional", programa 300
"Defensa Nacional", unidad ejecutora 023 "Comando General de la Fuerza
Aérea", con cargo a la Financiación 1.1 "Rentas Generales", una partida
anual de $ 12.613.250 (doce millones seiscientos trece mil doscientos
cincuenta pesos uruguayos), en el grupo 0 "Retribuciones Personales", con
destino a una compensación mensual, no sujeta a montepío, para el personal
que desempeña tareas de policía aérea nacional.
Disminúyese en el programa 300 "Defensa Nacional", unidad ejecutora 023
"Comando General de la Fuerza Aérea", Financiación 1.1 "Rentas Generales",
el crédito de los siguientes objetos del gasto:

Objeto del Gasto     Importe
    042.103          909.806
    059.000           75.817
    081.000          147.843
    082.000            9.856

El Poder Ejecutivo reglamentará la presente norma.
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