Fecha de Publicación: 22/11/2012
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Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 334

 Incorpórase al artículo 7° de la Ley N° 16.696, de 30 de marzo de 1995,
el siguiente literal:
"H)     Promoverá y desarrollará la educación y la cultura económica y
        financiera".
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