Fecha de Publicación: 22/11/2012
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Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 301

 Asígnase al Inciso 24 "Diversos Créditos", unidad ejecutora 002
"Presidencia de la República", una partida anual de $ 15.000.000 (quince
millones de pesos uruguayos), con cargo a la Financiación 1.1 "Rentas
Generales", para atender gastos de retribuciones, funcionamiento e
inversión de la Agencia de Compras y Contrataciones del Estado.
La citada Agencia comunicará a la Contaduría General de la Nación y a la
Oficina de Planeamiento y Presupuesto la desagregación de la referida
partida en grupos y objetos del gasto, así como los proyectos de inversión
correspondientes.
El Poder Ejecutivo remitirá a consideración de la Asamblea General la
estructura organizativa y de puestos de trabajo de la Agencia de Compras y
Contrataciones del Estado, a su iniciativa e informe previo y favorable de
la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina Nacional del
Servicio Civil y de la Contaduría General de la Nación. Si en un plazo de
cuarenta y cinco días no hubiera expresión contraria a la propuesta del
Poder Ejecutivo, éste procederá a su aprobación por decreto. El ingreso de
funcionarios a esta estructura será, en todos los casos, por concurso.
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