PODER EJECUTIVO CONSEJO DE MINISTROS
Increméntase en el Inciso 24 "Diversos Créditos", programa 481 "Política de Gobierno", unidad ejecutora 002 "Presidencia de la República", la partida asignada por el artículo 762 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010, en $ 28.000.000 (veintiocho millones de pesos uruguayos) anuales, con cargo a la Financiación 1.1 "Rentas Generales".Ayuda