Fecha de Publicación: 22/11/2012
Página: 4
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 294

 Increméntase en el Inciso 24 "Diversos Créditos", programa 481 "Política
de Gobierno", unidad ejecutora 002 "Presidencia de la República", Proyecto
950 "Plan Juntos", con cargo a la Financiación 1.1 "Rentas Generales", la
partida asignada por el artículo 761 de la Ley N° 18.719, de 27 de
diciembre de 2010, en $ 100.000.000 (cien millones de pesos uruguayos)
anuales.
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