Fecha de Publicación: 22/11/2012
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Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 263

 Increméntase, en el Inciso 27 "Instituto del Niño y Adolescente del
Uruguay", programa 400 "Políticas Transversales de Desarrollo Social", con
cargo a la Financiación 1.1 "Rentas Generales", el crédito presupuestal
del grupo 0 "Servicios Personales", incluidos aguinaldo y cargas legales,
para los conceptos, ejercicios y en los montos en moneda nacional que se
detallan a continuación:

Concepto                                      2013          2014
Rectoría, técnicos y supervisores           13.765.246     27.530.490
Creación Subdirectores Departamentales 
y Regionales                                 4.949.731      9.899.462
Incremento carga horaria técnicos           10.823.648     21.647.296
Técnicos Tecnología de la Información        1.640.188      3.280.377
Complemento partidas variables              13.821.187     27.642.375
Total                                       45.000.000     90.000.000

El Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay distribuirá las partidas
asignadas por el presente artículo, efectuando las comunicaciones
previstas en el artículo 441 de la Ley N° 17.930, de 19 de diciembre de
2005.
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