Fecha de Publicación: 22/11/2012
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Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 223

 Incorpórase al artículo 20 de la Ley N° 18.795, de 17 de agosto de 2011,
el siguiente inciso:
"Se prescindirá del requisito del otorgamiento del reglamento de
copropiedad y la hipoteca recíproca cuando el trámite de incorporación a
propiedad horizontal sea realizado por los promitentes compradores".
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