Fecha de Publicación: 22/11/2012
Página: 4
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 222

 Asígnase al Inciso 14 "Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y
Medio Ambiente", unidad ejecutora 004, "Dirección Nacional de Medio
Ambiente" Financiación 1.1 "Rentas Generales", grupo 0 "Servicios
Personales", una partida anual de $ 40.000.000 (cuarenta millones de pesos
uruguayos), incluidos aguinaldo y cargas legales, con destino a financiar
la reestructura de puestos de trabajo de la Dirección Nacional de Medio
Ambiente (DINAMA). En la misma se dará prioridad al objetivo de fortalecer
la capacidad técnica y operativa de los procesos de autorización y control
ambiental que lleva adelante la DINAMA.
Los créditos presupuestales autorizados por este artículo serán utilizados
para la contratación del personal que se considere imprescindible, hasta
que se efectivicen las designaciones en los puestos de trabajo resultantes
de la reestructura organizativa y de cargos de la unidad ejecutora, o
cuando finalice el plazo contractual, en caso de que no se hubieren
completado las referidas reestructuras.
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