Fecha de Publicación: 22/11/2012
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Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 204

 Increméntase en el Inciso 12 "Ministerio de Salud Pública", programa 441
"Rectoría en Salud", unidad ejecutora 104 "Instituto Nacional de Donación
y Trasplante de Células, Tejidos y Órganos", Financiación 1.1 "Rentas
Generales", en $ 1.000.000 (un millón de pesos uruguayos) anuales,
incluidos aguinaldo y cargas legales, la partida creada en el artículo 569
de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010, con el destino
establecido en el artículo 215 de la Ley N° 18.834, de 4 de noviembre de
2011.
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