Fecha de Publicación: 22/11/2012
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Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 119

 Derógase el inciso segundo del artículo 173 de la Ley N° 18.362, de 6 de
octubre de 2008.
Este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la
presente ley.

                                INCISO 06
                   MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
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