Fecha de Publicación: 30/07/2012
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Carilla: 5

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 3

 Las entidades públicas, cualquiera sea su naturaleza jurídica, están
obligadas a brindar información, asesoramiento y colaboración en los
aspectos y de la forma en que lo requieran los Juzgados Letrados de
Primera Instancia en lo Penal especializados en Crimen Organizado por sí o
a solicitud del Ministerio Público, a efectos de mejor instruir las causas
de su competencia.
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