Fecha de Publicación: 17/11/2011
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 254

 Increméntase en el Inciso 27 "Instituto del Niño y Adolescente del
Uruguay" el grupo 0 "Servicios Personales", Financiación 1.1 "Rentas
Generales", en la suma de $ 262:500.000 (doscientos sesenta y dos millones
quinientos mil pesos uruguayos) anuales, para el ingreso de personal al
"Sistema de Responsabilidad Penal Adolescente (SIRPA)", creado por la Ley
N° 18.771, de 1° de julio de 2011".
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