Fecha de Publicación: 17/11/2011
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 121

 Suprímese en el Inciso 04 "Ministerio del Interior", en el programa 460
"Prevención y Represión del Delito" la unidad ejecutora 027 "Dirección
Nacional de Información e Inteligencia". Los recursos humanos, materiales
y financieros asignados a la misma, serán transferidos a la unidad
ejecutora 001 "Secretaría del Ministerio del Interior". La Dirección
General de Información e Inteligencia funcionará en la unidad ejecutora
001 "Secretaría del Ministerio del Interior" y dependerá directamente del
Ministro del Interior.
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