Fecha de Publicación: 04/11/2011
Página: 4
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Ley 18.829

Declárase de interés general la ejecución del Plan Nacional de Integración
Socio-Habitacional Juntos.
(1.950*R)

                            PODER LEGISLATIVO

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del
Uruguay, reunidos en Asamblea General,

                                 DECRETAN

                                 CAPÍTULO I
                      EMERGENCIA SOCIO-HABITACIONAL

              OBJETIVOS DE LÍNEAS DE ACCIÓN DEL PLAN JUNTOS

Artículo 1

(Declaración de emergencia. Interés general).- Declárase la emergencia
socio-habitacional de la población en situación de pobreza extrema,
consecuencia del deterioro socioeconómico de sectores de la población y de
la falta de oportunidades de acceso a la vivienda y hábitat digno.
En virtud de lo dispuesto por los artículos 45 y 46 de la Constitución de
la República, declárase de interés general la ejecución del Plan Nacional
de Integración Socio-Habitacional Juntos.

JOSÉ MUJICA, Presidente de la República; EDUARDO BONOMI; LUIS ALMAGRO;
FERNANDO LORENZO; ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO; MARÍA SIMON; ENRIQUE
PINTADO; ROBERTO KREIMERMAN; EDUARDO BRENTA; JORGE VENEGAS; TABARÉ
AGUERRE; HÉCTOR LESCANO; GRACIELA MUSLERA; DANIEL OLESKER.
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