Fecha de Publicación: 25/07/2011
Página: 208-A
Carilla: 10

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Artículo 11

 (Formación y capacitación).- Existirá un fondo previsto para un Programa
de Formación y Capacitación del personal actual o futuro del Sistema de
Responsabilidad Penal Adolescente, funciones que estarán a cargo del
Centro de Formación y Estudios (CENFORES) del Instituto del Niño y
Adolescente del Uruguay y, en lo atinente a los funcionarios, técnicos,
mandos medios y superiores del Programa de Gestión de las Medidas
Socioeducativas Privativas de Libertad y Semilibertad; se incorporarán las
dependencias del Ministerio del Interior que correspondan, a cuyos efectos
se firmará un convenio entre estas y el precitado CENFORES.

Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 23 de junio
de 2011.
DANILO ASTORI, Presidente; HUGO RODRÍGUEZ FILIPPINI, Secretario.

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
 MINISTERIO DEL INTERIOR
  MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
   MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
    MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

                                           Montevideo, 1° de Julio de 2011

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el
Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se comete al
Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay (INAU) la creación, con
carácter transitorio, de un órgano desconcentrado que se denominará
Sistema de Responsabilidad Penal Adolescente (SIRPA) y se establecen
normas para su funcionamiento.
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