Fecha de Publicación: 05/01/2011
Página: 30-A
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 762

 Habilítase en el Inciso 24 "Diversos Créditos", unidad ejecutora 002
"Presidencia de la República", una partida anual de $ 10.000.000 (diez
millones de pesos uruguayos), con cargo a la financiación 1.1 "Rentas
Generales", destinada a ejecutar y apoyar las acciones definidas en la
estrategia nacional contra las drogas, mediante la realización de
convenios con los diferentes actores involucrados en la temática. La
Presidencia de la República comunicará a la Contaduría General de la
Nación la desagregación de la referida partida en grupos y objetos del
gasto.
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