Fecha de Publicación: 05/01/2011
Página: 30-A
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 601

 Increméntase en el Inciso 14 "Ministerio de Vivienda, Ordenamiento
Territorial y Medio Ambiente", programa 521 "Programa de Rehabilitación y
Consolidación Urbano Habitacional", proyecto 730 "Programa de Integración
de Asentamientos Irregulares", financiación 2.1 "Endeudamiento Externo",
en $ 120.205.645 (ciento veinte millones doscientos cinco mil seiscientos
cuarenta y cinco pesos uruguayos) anuales para los ejercicios 2011 a 2014.
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