Fecha de Publicación: 05/01/2011
Página: 30-A
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 582

 Increméntase en $ 1.000.000 (un millón de pesos uruguayos) el crédito
presupuestal del grupo 0 "Servicios Personales", objeto del gasto 042.520
"Compensación Especial por Cumplir Funciones Específicas", con cargo a la
financiación 1.1 "Rentas Generales", en la unidad ejecutora 001 "Dirección
General de Secretaría" del Inciso 13 "Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social".
Autorízase al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a reglamentar la
distribución de la partida autorizada en este artículo, en la que se
considera incluido aguinaldo y cargas legales.
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