Fecha de Publicación: 05/01/2011
Página: 30-A
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 539

 El Poder Ejecutivo en la próxima instancia presupuestal, incluirá los
créditos presupuestales a afectos de contribuir al financiamiento de las
actividades de conmemoración y celebración de los principales hechos
históricos del proceso revolucionario e independentista previstos por la
"Comisión del Bicentenario de la Revolución de Independencia del Río de la
Plata 2010 - 2015", creada por la Ley N° 18.677, de 13 de agosto de 2010.
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