Fecha de Publicación: 05/01/2011
Página: 30-A
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 315

 Sustitúyese el literal A) del inciso segundo del artículo 8° de la Ley N°
12.081, de 15 de diciembre de 1953, en la redacción dada por el artículo
15 de la Ley N° 13.318, de 28 de diciembre de 1964, por el siguiente:
   "A)Un impuesto sobre el importe del premio mayor que se establezca
      en los propios billetes de los sorteos de lotería que realiza la
      Dirección Nacional de Loterías y Quinielas que se aplicará a la
      tasa del 5% (cinco por ciento)".
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