Fecha de Publicación: 05/01/2011
Página: 30-A
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 194

 Autorízase a la unidad ejecutora 041 "Dirección Nacional de Aviación
Civil e Infraestructura Aeronáutica" del Inciso 03 "Ministerio de Defensa
Nacional", a comercializar las publicaciones emanadas de sus
reparticiones, destinando el producido de dicha comercialización a gastos
de funcionamiento de la unidad ejecutora. El Poder Ejecutivo reglamentará
la forma y las condiciones del precio creado en este artículo.
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