MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Los integrantes del Consejo de Dirección del Centro serán designados por el Poder Ejecutivo, por el período de Gobierno. Podrán ser reelectos y se mantendrán en el ejercicio de sus cargos hasta tanto sean nombrados quienes deban sustituirlos; serán honorarios, a excepción del Presidente que podrá ser rentado. En tal caso, el Poder Ejecutivo, en el acto de designación, determinará la retribución correspondiente, con cargo a la persona jurídica que se crea.Content-Type: text/html; charset=ISO-8859-1
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