Fecha de Publicación: 16/12/2009
Página: 800-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 11

 (Organización).- La Comisión de Promoción del Mercado de Valores estará
integrada por un representante designado por el Poder Ejecutivo, dos
representantes de las bolsas de valores y demás instituciones existentes
que constituyan mercados de negociación de valores de oferta pública, un
representante de los emisores de oferta pública y dos representantes de
las administradoras de fondos de ahorro previsional. El Poder Ejecutivo
elegirá a los dos representantes de las bolsas de valores y demás
instituciones mencionadas de negociación de valores de oferta pública, al
representante de los emisores así como a los representantes de las
administradoras de fondos de ahorro previsional que integrarán la Comisión
de entre una lista que cada una de las citadas instituciones y grupos de
agentes del mercado presentará a estos efectos. Dicha Comisión estará
presidida por el representante del Poder Ejecutivo.
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