Fecha de Publicación: 17/11/2009
Página: 521-A
Carilla: 7

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 19

 (De la declaratoria de retorno a la normalidad).- El Poder Ejecutivo
decretará que ha cesado la situación de desastre y que ha retornado la
normalidad, en el marco de la normativa vigente.
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