Fecha de Publicación: 16/01/2009
Página: 247-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Artículo 16

 (De la gratuidad).- El principio de gratuidad asegurará el cumplimiento
efectivo del derecho a la educación y la universalización del acceso y
permanencia de las personas en el sistema educativo.
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