Fecha de Publicación: 16/01/2009
Página: 247-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Artículo 118

 A los efectos del cumplimiento de los cometidos establecido en el
artículo 115 de la presente ley, la Comisión Directiva del Instituto
Nacional de Evaluación Educativa tendrá las siguientes atribuciones:
A) Administrar, distribuir y fiscalizar sus recursos económicos.
B) Celebrar convenios con instituciones públicas o privadas.
C) Designar el personal dependiente, fijar sus retribuciones y
   disponer su cese.
D) Establecer el régimen del personal dependiente de acuerdo con lo
   que disponga la respectiva reglamentación.
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