Fecha de Publicación: 14/11/2008
Página: 625-A
Carilla: 5

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 53

 (Capital social).- El capital social está compuesto por las partes
sociales, provenientes de los aportes obligatorios y voluntarios
realizados por los socios y, cuando correspondiere, de sus reexpresiones
contables.
Ayuda