Fecha de Publicación: 14/11/2008
Página: 625-A
Carilla: 5

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 15

 (Contenido del estatuto).- Respetando las prescripciones de la presente
ley, y sin perjuicio de otros elementos que la ley establezca, el estatuto
debe contener por lo menos los siguientes:
1)     Denominación y domicilio.
2)     Designación precisa del objeto social.
3)     Régimen de responsabilidad.
4)     Capital inicial y valor de las partes sociales.
5)     Organización y funciones de la Asamblea General y procedimientos y
       formas de elección de todos los órganos sociales electivos de
       creación estatutaria.
6)     Condiciones de ingreso, retiro, suspensión y exclusión de los
       socios, y sus derechos y obligaciones.
7)     Forma de distribución de excedentes y asunción de pérdidas,
       formación de reservas y fondos permanentes.
8)     Fecha de cierre del ejercicio económico.
9)     Normas sobre integración y educación cooperativa.
10)    Procedimientos de reforma del estatuto, disolución y liquidación.
11)    Destino de los bienes para el caso de disolución.
12)    Forma de representación de la cooperativa.
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