Fecha de Publicación: 10/11/2008
Página: 558-A
Carilla: 12

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 31

 (Comunicación con el Poder Ejecutivo).- El Instituto Nacional de Empleo y
Formación Profesional se comunicará con el Poder Ejecutivo a través del
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 23 de octubre
de 2008.
JOSE MUJICA, Presidente; HUGO RODRIGUEZ FILIPPINI, Secretario.

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

                                         Montevideo, 24 de Octubre de 2008

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el
Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se crea el
Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional como persona de
derecho público no estatal.
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