Fecha de Publicación: 10/11/2008
Página: 558-A
Carilla: 12

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 13

 (Compromiso de gestión).- La actuación del Instituto Nacional de Empleo y
Formación Profesional se realizará con arreglo al plan de acción anual,
bajo la vigencia y con arreglo al pertinente compromiso plurianual de
gestión.
El Compromiso de Gestión ha de establecer como mínimo y para el período de
su vigencia, los siguientes extremos:
A) Los objetivos a perseguir, los resultados a obtener y, en general, la
gestión a desarrollar.
B) Los planes necesarios para alcanzar los objetivos, con especificación
de los marcos temporales correspondientes, y de los proyectos asociados a
cada una de las estrategias y sus plazos temporales así como los
indicadores para evaluar los resultados obtenidos.
C) Los recursos materiales y presupuestarios a aportar para la consecución
de los objetivos.
D) Los efectos asociados al grado de cumplimiento de los objetivos
establecidos por lo que hace a la exigencia de responsabilidad por la
gestión de los órganos ejecutivos y del personal directivo, determinándose
los mecanismos que permitan la exigencia de dichas responsabilidades por
incumplimiento de objetivos.
E) El procedimiento para la introducción de las modificaciones o
adaptaciones anuales que, en su caso, procedan.
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