(Concepto de núcleo familiar).- A los efectos de lo dispuesto en los
artículos anteriores, se considera núcleo familiar la sola existencia de
hijos solteros menores de dieciocho años, o mayores de dieciocho años
absolutamente incapacitados para todo trabajo, o menores de veintiún años
y mayores de dieciocho años que no dispongan de medios de vida propios y
suficientes para su congrua y decente sustentación.