Fecha de Publicación: 15/10/2008
Página: 104-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 61

 Agrégase, a partir de la promulgación de la presente ley, al artículo 117
de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007, el siguiente inciso:

       "Los fondos destinados a financiar la nueva estructura de puestos
       de trabajo y tabla de niveles retributivos en el Instituto Nacional
       de Estadística y que no hayan sido utilizados hasta la fecha de
       aprobación de dicha estructura, podrán ser también destinados a
       reforzar las partidas para contratación de personal eventual y
       zafrales de acuerdo con la normativa vigente".
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